El Supremo confirma la suspensión del censo de la ‘ley de nietos’: no podrán votar
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado este lunes mantener la suspensión del censo de la ‘ley de nietos’, lo que en la práctica implica que no podrán votar en las elecciones del próximo 29 de noviembre al no haber … separado la Administración, tal y como se le ordenó, los expedientes de los nacionalizados correctamente de aquéllos que no lo fueron. En un auto que supone un auténtico varapalo al Gobierno por no haber hecho su trabajo, los magistrados aseguran que el riesgo de constitución de un censo fraudulento que vieron en septiembre sigue existiendo. «La limpieza y pulcritud en la relación de electores constituye un valor supremo del que deben despejarse las más mínimas dudas de oscuridad o irregularidad», reiteran. La decisión ha contado con el voto particular de una magistrada de los seis que componen el tribunal.
A unas horas de cumplirse el plazo para la publicación del censo, que será el del 1 de agosto tras el adelanto electoral, la Sala Tercera del Supremo se reitera en lo dispuesto en su auto del 10 de septiembre e indica al Instituto Nacional de Estadística, del que depende orgánicamente la Oficina del Censo Electoral, que no puede inscribir en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero (CERA) a las personas que hayan obtenido la nacionalidad española por la ‘ley de nietos’ y aún no han sido inscritas ni tampoco a aquellas que, aun habiendo sido inscritas, estaban afectadas por la suspensión acordada hace un mes.
La polémica instrucción
Asimismo, el tribunal insta a que se advierta a la directora de la Oficina del Censo Electoral de que esa suspensión cautelar no regirá para las personas que obtengan por parte de los encargados de los Registros Consulares certificación acreditativa de que, a fecha 1 de agosto de 2026 obtuvieron la nacionalidad por la ‘ley de nietos’ y no por la polémica instrucción de Justicia de 2022.
Mientras la primera abría la puerta a las nacionalizaciones de nacidos fuera de España, pero de padres o abuelos exiliados de España por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual, la instrucción de Sofía Puente amplió los supuestos previstos en la ley de Memoria Democrática para que pudieran nacionalizarse como españoles todos aquellos que abandonaron nuestro país entre 1936 y 1955, y no solo los hijos y nietos de exiliados durante la guerra civil y la dictadura franquista.
Respecto al emplazamiento a terceros afectados al que obliga la ley, el Supremo da opción a los interesados que quieran personarse en las actuaciones a que lo hagan con abogado y procurador y formulen las alegaciones que estimen pertinentes en un plazo de cinco días.
En el auto notificado este lunes, el Alto Tribunal arremete contra la Administración por «ni siquiera» haber aportado información sobre los trámites de desglose de expedientes de los 163.020 electores inscritos en el CERA por la ‘ley de nietos’. Lejos de ello, la Abogacía del Estado se limitó a pedir al Supremo que levantara la medida cautelar alegando que el adelanto electoral hacía «imposible» llevar a cabo la revisión de esos expedientes salvo que se hiciera de forma manual. «O se suspende a todos los españoles inscritos en el CERA o no se suspende a ninguno, porque resulta materialmente imposible distinguir a unos de otros (los de la ley y los de la instrucción) en el brevísimo plazo de tiempo del que se dispone», llegaron a decir los servicios jurídicos del Estado.
«Se ha obviado por completo -dicen los magistrados- poner en conocimiento de esta Sala el nivel de cumplimiento de la orden recibida». En este sentido las alegaciones presentadas por el Abogado del Estado y los informes adjuntados «no aportan dato alguno que permitan, al menos, tener un conocimiento aproximado de la situación a la fecha de aprobación de este auto», algo que habría permitido votar al menos a quienes sí hubieran conseguido acreditar su nacionalización.
Culpable del incumplimiento
«En estas circunstancias, persisten las razones que llevaron a esta Sala a adoptar una medida tan excepcional como la de acordar la suspensión cautelar de las inscripciones en el CERA y de los efectos electorales de las inscripciones ya realizadas, por falta de constancia absoluta del cumplimiento, siquiera aproximado del estado de la cuestión. No puede alegarse imposibilidad material de ejecución de una orden judicial cuando la causa del incumplimiento reside en la propia Administración responsable de cumplirla». Es ella a quien corresponde «única y exclusivamente» la carga de la prueba y «se ha omitido en su integridad».
Los magistrados recuerdan que «el riesgo de que se constituya irregularmente un censo de electores sin las exigencias de exactitud, veracidad, igualdad, objetividad y transparencia que exige la celebración de un proceso electoral en una democracia como la española sigue persistiendo con la misma intensidad», y no dejan de tener un «impacto importante» en las circunscripciones territoriales en las que figuren inscritos por la ‘ley de nietos’.
«Limpieza y pulcritud necesarias»
«La limpieza y pulcritud en la relación de electores incluidos en el censo, en este caso en el CERA, constituye un valor supremo del que deben despejarse las más mínimas dudas de oscuridad o irregularidad, porque la legitimidad democrática de los representantes elegidos por el voto de los ciudadanos puede ser puesta en entredicho si existe la más mínima duda de irregularidad (..). El riesgo sigue existiendo», apostilla.
«El interés general de preservar la pureza del proceso electoral debe prevalecer sobre el derecho de sufragio de quienes figuran inscritos en aquel censo»
Para el tribunal «el interés general de preservar la pureza del proceso electoral debe prevalecer sobre el derecho de sufragio de quienes figuran inscritos en aquel censo» y de quienes la Administración no ha aclarado la vía por la que accedieron a la nacionalidad española. Se mantienen así, concluye, los elementos de inseguridad jurídica que apreció esta Sala «y que ahora debemos volver a ratificar».
Source – ABC News

