El Gobierno quiere obligar a los caseros a pagar 12 meses a los inquilinos si no prorrogan el alquiler
El segundo de los decretos de vivienda impulsado por Sumar que finalmente hoy no ha sido publicado en el BOE promete ser una bomba de relojería para el mercado del alquiler. Según el texto aprobado ayer en Consejo de Ministros al que ha tenido … acceso este periódico, la formación de Yolanda Díaz quiere habilitar una suerte de contratos indefinidos y protegerlos con cuantiosas indemnizaciones que el casero deberá pagar al inquilino si quiere desistir del contrato.
Según concreta el texto, una vez finalizados los contratos de alquiler en vigor o de cualquiera de sus prorrogas, estos se prorrogarán automáticamente por periodos sucesivos de 5 o 7 años, dependiendo de si el propietario es una persona física o jurídica como marca la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
«Si llegada la fecha de vencimiento del contrato de arrendamiento de vivienda habitual, o de cualquiera de sus prórrogas, incluidas las voluntarias y las reguladas por ley, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquel, o siete años si el arrendador fuese persona jurídica, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con seis meses de antelación a aquella fecha en el caso del arrendador y al menos con dos meses de antelación en el caso del arrendatario, su voluntad de no prorrogarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos sucesivos de cinco años, o siete años si el arrendador fuese persona jurídica», dice la literalidad del texto.
Para blindar esta medida, el decreto que previsiblemente aparecerá mañana en el BOE obligará a los caseros a pagar un año de alquiler al inquilino para que este abandone la vivienda. «En los casos en que el arrendador comunique válidamente la voluntad de no prorrogar el contrato conforme al párrafo anterior, vendrá obligado a indemnizar al arrendatario con una cantidad equivalente, al menos, al importe de doce mensualidades de renta de una vivienda de análogas características a la arrendada. Dicha indemnización deberá calcularse, siempre que ello sea posible, en base al sistema estatal de referencia de precios de alquiler de vivienda, y en ningún caso podrá ser inferior al importe equivalente a una mensualidad de renta por cada año que el arrendatario haya residido en la vivienda, prorrateándose por meses los períodos inferiores al año y por días los inferiores al mes», se señala en el decreto. La indemnización se abonará en el momento de la entrega de la vivienda si el propietario no quiere renovar.
Tan solo habrá excepciones que eviten esta situación cuando el propietario pueda demostrar que a necesita la vivienda para sí o familiares de segundo grado; cuando el inquilino no haya residido efectivamente en ella durante más de seis meses de los últimos doce; cuando el arrendatario tenga otra vivienda apta en el mismo municipio; o en el caso de que se firme un nuevo contrato o el propietario haga una oferta de nuevo contrato que garantice al menos otros 5 años (7 si es persona jurídica).
La magnitud de la medida ha provocado una profunda división en el Gobierno de coalición PSOE-Sumar y ha obligado a partir en dos el decreto, ante la más que previsible caída de esta iniciativa el viernes en el Congreso de los Diputados. La redacción anteriormente descrita va en consonancia con lo exigido por el Sindicato de Inquilinas, el colectivo de ultraizquierda convocante de las protestas contra la crisis de vivienda en la Puerta del Sol.
Source – ABC News


